Porque los seres humanos deben cuidar su salud, para los dominicanos fueron creadas las ARS, Administradoras de riesgos de salud, como prestadoras de servicios de salud, de acuerdo a la ley 87.01 sobre Seguridad Social:
Art. 160.- Constitución de las Prestadoras de Servicios de Salud (PSS).
Las Prestadoras de Servicios de Salud (PSS) son personas físicas legalmente facultadas o entidades públicas, privadas o mixtas, descentralizadas, con patrimonio propio y personería jurídica, dedicadas a la provisión de servicios ambulatorios, de diagnósticos, hospitalarios y quirúrgicos, habilitadas por la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social (SESPAS) de acuerdo a la ley General de Salud. Podrán constituirse como Prestadoras de Servicios de Salud (PSS) del Sistema Dominicano de Seguridad Social. VER LA LEY